Valoran positivamente el fallo del STJ a favor del acceso a la información pública
Por primera vez la Legislatura de Entre Ríos deberá publicar el listado de su personal, de sus contratados como asesores, y de los beneficiarios de subsidios de ambas Cámaras. Esto se da luego de que el máximo tribunal de Entre Ríos confirmara la sentencia de primera instancia.
Los pedidos de información pública presentados ante las Cámaras de Senadores y de Diputados por la ONG Entre Ríos Sin Corrupción deberán ser respondidos sí o sí, luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmara la sentencia de primera instancia de los amparos promovidos en busca de transparencia.
Ambos fallos del STJ, integrado por los jueces Susana Medina, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, fueron unánimes y están fechados el 16 de septiembre de 2024. En su parte resolutiva disponen “rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada (Senado y Diputados) contra la sentencia de fecha 6 de agosto de 2024 la que, por los fundamentos de la presente, se confirma”.
Ello quiere decir que las dos cámaras de la Legislatura deberán publicar toda la información requerida por Entre Ríos Sin Corrupción, lo que sienta un histórico precedente en la materia en la provincia.
La abogada Valeria Harari, integrante de Entre Ríos Sin Corrupción, fue firmante de uno de los planteos vinculados justamente a este pedido de información ante Diputados y Senadores de la provincia de Entre Ríos, y en diálogo con el programa En El Dos Mil También, que conducen Antonio Tardelli, Sebastián Martínez y Juan Cruz Varela por Radio Costa Paraná (88.1), señaló que el fallo del STJ “institucionalmente es formidable porque está abriendo un camino” en materia de acceso a la información pública.
Entre Ríos Sin Corrupción, recordó Harari, surgió “de un grupo de ciudadanos que queremos asumir el compromiso, salir de la queja y empezar a darle importancia a la sociedad civil, al accionar. Pedimos esta información, no nos respondieron y entonces metimos los amparos con dos fallos excelentes en primera instancia, después vino la apelación, y ahora con este fallo que es, por unanimidad, el Superior Tribunal de Justicia rechaza la apelación y confirma las sentencias de primera instancia”.
La abogada, en ese sentido, explicó que “se abre un camino porque hay un mecanismo que quedó aceitado y quedó clarito cuáles son los pasos y las instancias y qué es lo que está permitido al momento de querer o de pretender información del Estado”.
– ¿Cómo harán ustedes para chocarse con la información que pedían? ¿Hay algún plazo? ¿Estamos seguros de que la información que ustedes pidieron se las van a dar completa, rigurosamente?
– Vamos a esperar, con eso vamos a esperar el plazo que dan los jueces de primera instancia que son 15 días hábiles.
Recordemos que la información pedida era la nómina de los empleados de planta permanente y los contratos de locación de obra o de servicio, así también como las instituciones que han recibido subsidios.
– ¿Qué van a hacer desde la ONG con esa información una vez que la reciban?
– Analizarla. La sentencia (del STJ) también dice que esto tiene que hacerse público. Uno podría acceder a esto para que pueda ser visto por todos.