Urribarri, Báez y Aguilera seguirán libres

A pesar de estar condenados no irán a la cárcel hasta que la sentencia quedé firme. Así lo resolvió Tribunal de Juicios y Apelaciones de Entre Ríos, integrado por Carolina Castagno, Julián Vergara y Elvio Garzón, por dos votos contra uno.

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Entre Ríos, integrado por Carolina Castagno, Julián Vergara y Elvio Garzón decidió este jueves por mayoría que el exgobernador Sergio Urribarri; el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, y el cuñado del exmandatario provincial, Juan Pablo Aguilera, continúen en libertad hasta que su condena por corrupción quede firme.

Los tres fueron condenados a prisión efectiva en 2022 por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Urribarri recibió una pena de 8 años, mientras que Báez y Aguilera recibieron 6 años y 6 meses de condena.

El tribunal, por dos votos contra uno, decidió que los tres deberán permanecer en libertad, les han fijado una caución real de 20 millones de pesos, no pueden abandonar el país, deben entregar sus pasaportes, deben presentarse una vez por semana ante la Fiscalía de la Jurisdicción, y no se pueden mover de la ciudad en la que residen.

El fiscal Gonzalo Badano, que había pedido la prisión efectiva, en diálogo con el programa En El Dos Mil También, que conducen Antonio Tardelli, Sebastián Martínez y Juan Cruz Varela por Radio Costa Paraná (88.1), dijo que su expectativa era que “hubiese salido un fallo conforme lo habíamos solicitado en la audiencia”, pero “uno solo de los jueces, el doctor Garzón, entendió que la postura de la Fiscalía era la que correspondía adoptar en este caso, más allá de que los tres jueces sí entendieron que había un riesgo de fuga para los imputados. En lo que difirieron fue el modo en el cual se puede garantizar la comparecencia de los imputados.

– El riesgo de fuga está latente, existe, pero se puede solucionar, según entendió la mayoría del tribunal, no con la prisión, sino a través de otras medidas.

– Sí, tal cual. Eso fue lo que decidió el tribunal.

– ¿Este criterio que adopta el tribunal es razonable o es excepcional?

– Son tres jueces que respetamos, los conocemos. Son diferentes posiciones jurídicas, con las cuales podemos estar de acuerdo o no, y tenemos las vías para poder recurrirla.

De hecho, seguramente la fiscalía recurra porque entendemos que la manera de poder garantizar que los imputados estén acá es por la forma en la cual lo solicitamos.

– ¿No le convencen los otros mecanismos? ¿A las medidas adoptadas no las considera efectivas?

– Entendemos que no son suficientes para poder garantizar el cumplimiento de la ejecución de la sentencia, más allá de que es cierto lo que dicen los abogados defensores, de que no está firme la sentencia.

– ¿Qué se necesita para que en los tres casos esa sentencia se considere firme?

– Una cosa es la sentencia está firme, y la sentencia está firme cuando ya no queda en ninguna instancia, ningún recurso que pueda llegar a modificar la sentencia.

Otra cosa es cuando la sentencia puede no estar firme, pero ¿cuándo la comenzamos a ejecutar? Sería cuándo van presas las personas, por decirlo de la manera más simple posible.

Entonces, ¿la sentencia estaría firme? Podría ser el caso después que la Corte Suprema eventualmente rechace el recurso extraordinario, el recurso de queja y demás. O eventualmente quedaría una vía totalmente extraordinaria en la Corte Interamericana.

– ¿Esos recursos están planteados?

– Actualmente, la instancia en la que está es la defensa, se resolvió el juicio, fueron a Casación, Casación confirmó la sentencia. Posteriormente hay una instancia que es excepcional, que es poder llegar al Superior Tribunal de Justicia, a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. Para poder llegar ahí, uno tiene que argumentar que hay determinados agravios, determinados fundamentos que en este caso tienen que ser resueltos, que son los mismos argumentos por los cuales se puede llegar a la Corte Suprema, que son cuestiones de índole federal, constitucionales.

Entonces, ¿qué pasó? Presentaron este recurso ante la Cámara de Casación para que les admita ir ante el Superior Tribunal de Justicia y la Cámara de Casación les dijo que no corresponde porque no se dan los agravios para poder ir. Ahí la defensa fue en queja.

– Eso mismo puede ocurrir en la instancia de la Corte, ¿no?

– Claro, sí.

– Entonces, podemos estar hasta el 2079 discutiendo estas cosas. Tenemos eventuales delitos cometidos en 2013, sentencia nueve años después. Y dos años después de la sentencia, estamos discutiendo si la condena debe ser efectiva. Es una chacota, desde el sentido común, discúlpeme, es una chacota.

– Sí, es así. De hecho, es difícil de explicar cuando alguien pregunta por qué no se comienza a cumplir la sentencia. Por eso es, justamente, esta diferencia de que se pueden seguir las vías ante la Corte Suprema, pero comencemos a ejecutar la sentencia.

– Nos confirma que el exministro Pedro Báez tiene una situación especial porque no pidió este recurso ante la Corte Suprema. ¿Esto es así?

– El Superior Tribunal de Justicia, cuando resuelve el recurso de queja en abril de este año, lo que dice es que la defensa de Báez no recurrió, no tiene presentado el recurso de queja. Debido a que no recurrió, es uno de los motivos que están ahí por los cuales entendieron eso, la sentencia para él se encuentra firme, porque ya no recurrió, no tiene nada para hacer.

Entonces, desde la fiscalía lo que solicitamos no fue la prisión preventiva, sino que se comience a ejecutar la pena porque ya quedó firme la sentencia para él, porque no recurrió. Eso fue lo que sostuvimos en la audiencia.

– ¿Y qué consideró en ese caso el tribunal?

– El tribunal lo que dijo es: debido a que el Código Procesal Penal establece que si hay otros recursos interpuestos por otros imputados y esos recursos tienen una acogida favorable, lo podrían llegar a beneficiar a quien no interpuso el recurso.

Por lo tanto, debido a que otros imputados solicitaron ir a la Corte Suprema y esos recursos podrían llegar a tener una acogida favorable, entendieron que no corresponde ejecutar la pena en realidad.

– Le voy a hacer una pregunta que sé es de muy compleja respuesta, ¿cuánto tiempo puede tardar la Corte Suprema en definir la situación de los tres condenados?

– Ojalá lo supiera. No lo sé. No sé si habrá alguien que pueda llegar a dar esa respuesta.

Urribarri, Báez y Aguilera seguirán libres Fiscal Gonzalo Badano,
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