Se encuentra en vigencia el Régimen Especial de Regularización Fiscal Municipal
Desde este viernes 1° y hasta el jueves 28 de septiembre se encuentra en vigencia el Régimen Especial de Regularización Fiscal, aprobado por el Concejo Deliberante a propuesta del Departamento Ejecutivo, que posibilita el acceso a planes de pago de deuda tributaria vencida el 30 de junio último en hasta 24 cuotas en general, con condonación parcial y/o total de intereses y multas. “Básicamente es un régimen especial para que los ciudadanos, las personas que tienen inmuebles o actividades económicas en Paraná puedan regularizar sus tasas, tanto las que tengan que ver con los servicios de alumbrado, barrido, recolección de residuos, que es la Tasa General Inmobiliaria, como la de provisión de servicio de agua, que es la Tasa de Servicios Sanitarios, las contribuciones por mejoras, asociadas a las obras públicas que se realizan y benefician a los frentistas. La Tasa de Inspección Sanitaria o derecho de publicidad, derecho de ocupación de la vía pública asociada con la actividad comercial que desarrollan los ciudadanos, y también aquellas tasas o derechos vinculados a los trámites de presentación de carpetas por edificación. También los derechos asociados al usos del cementerio y mercados y ferias. Todos esos tributos municipales se pueden regularizar mediante este régimen especial”, dijo Verónica Demediuk, Subdirectora de la Administración Fiscal Municipal, en diálogo con radio “Costa Paraná”.
La funcionaria -en una charla que se puede escuchar completa en el audio adjunto a esta nota- precisó que el trámite se puede hacer mediante la vía on line, ingresando al sitio Mi Paraná, donde se pueden hacer los planes de pago web. También a través del SIAT quienes tienen alguna actividad comercial en el ejido. Y si no, en los casos que no tengan los inmuebles a su nombre, pueden obtener un turno llamando al 147 para ser atendidos en nuestras oficinas de calle 25 de Mayo 122.
Los puntos centrales del Régimen Especial de Regularización Fiscal son los siguientes:
¿Qué tributos incluye?
Tasa General Inmobiliaria; Tasa por Servicios Sanitarios; Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad; Fondo Municipal de Promoción de la Comunidad y Turismo; Tasa Solidaria de Contribución para Obra Pública; Fondo Fiduciario de Fortalecimiento de Obras Sanitarias; Contribución por Mejoras; Derecho de Ocupación de la Vía Pública; Derecho de Publicidad; Derecho por Permiso de Uso de Mercados y Ferias; Derechos de Cementerio Municipal.
Se podrán incluir
Obligaciones tributarias incluidas en planes de pagos formalizados con anterioridad a este nuevo régimen.
Deudas en concursos y en discusión administrativa.
Deudas en gestión judicial.
Opciones de pago generales
1) En el pago al contado, la condonación de multas e intereses es del 100%.
2) En la opción de pago en 6 cuotas, la condonación de multas es del 100% y la de intereses es del 80%. La entrega inicial es del 15% y la tasa de interés de financiación es del 2%.
3) En la opción de pago de 12 cuotas, la condonación de multas es del 100% y la de intereses es del 70%. La entrega inicial es del 10% y la tasa de interés de financiación es del 2,5%.
4) En la opción de pago de 24 cuotas, la condonación de multas es del 75% y la de intereses es del 50%. La entrega inicial es del 5% y la tasa de interés de financiación es del 3%.
El importe mínimo de la entrega es de $1.500 (TGI-TSS) o $3.000 (TISHPyS). Se abona al momento de la formalización del plan. Valor mínimo de las cuotas: $1.500 – $3.000.
En el caso de la opción de 24 cuotas, a partir de la cuota 13 la tasa de interés de financiación podrá ser variable.
Contribución por Mejoras tiene opciones ampliadas de cuotas.
¿Cómo se realiza el convenio?
Trámite web: disponible para contribuyentes de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad mediante SIAT. Titulares de inmuebles desde el portal MiParaná.
Trámite presencial: solicitar turno en mi.parana.gob.ar Concurrir el día y horario seleccionado a las oficinas de AFIM (calle 25 de Mayo 122), con la documentación requerida para la suscripción del plan. Se podrá elegir la opción de pago más conveniente y formalizar el convenio.
Documentación requerida
- DNI del firmante.
- Apoderado: Poder General|Especial.
- Personas Jurídicas: actas de designación del representante legal.
- Constancia de CBU.
- Familiar responsable: libreta de familia.
- Herederos: declaratoria de herederos.
- Inquilino: contrato de alquiler.
Familiares, herederos o inquilinos pueden formalizar plan contado por los períodos 2018-2020 y financiado posteriores a períodos 2021.