La reforma laboral no genera empleo y es inhumana

Daniel Díaz, director del Instituto del Derecho de Trabajo del CAER, hizo un análisis de los efectos de la denominada modernización laboral. “Lejos de proteger, desprotege” al trabajador, aseguró, y advirtió que “genera más desconfianza” incluso en los grandes empleadores.

La Ley 27.742, conocida por todos como Ley Bases, amplió el período de prueba laboral de 3 a 6 meses, y, por convenio colectivo, puede extenderse hasta 8 meses o un año, según el tamaño de la empresa. El período de prueba históricamente ha sido objeto de fraude laboral, como la no registración del trabajador bajo el pretexto de estar en prueba, lo cual es ilegal. La ley exige la registración desde el inicio, y no hacerlo implica la pérdida del derecho al período de prueba para el empleador.

Existe la posibilidad, sin embargo, que los empleadores utilicen el período de prueba para contratar y desvincular sistemáticamente trabajadores antes de que finalice ese período, evitando así obligaciones indemnizatorias. Aunque la ley sanciona el uso abusivo con multas administrativas, estas sanciones no benefician directamente al trabajador ni disuaden completamente la práctica.

Estos fueron vertidos por Daniel Ruiz, director del Instituto del Derecho de Trabajo del Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER), durante una entrevista con el programa Buen Día, que conducen Carlos Matteoda, Alejandro Abero y Marta Segovia por Radio Costa Páraná (88.1) en donde se analizó la realidad laboral de la Argentina.

La reciente reforma laboral, explico Ruiz, eliminó las multas e indemnizaciones agravadas por despido, consideradas por algunos como sanciones y por otros como agravantes indemnizatorios. Sin embargo, se mantiene vigente el Régimen Penal Laboral (Ley 25.212), que prevé sanciones por infracciones laborales, aunque éstas tampoco otorgan protección directa al trabajador desvinculado.

Las reformas, además, han facilitado y abaratado el despido de trabajadores. “Se redujo la base de cálculo de la indemnización, excluyendo conceptos como el aguinaldo, que antes era obligatorio incluir en algunas provincias por jurisprudencia local. Además, se implementaron mecanismos como el Fondo de Cese Laboral y el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiados con fondos de la seguridad social, es decir, con aportes de los trabajadores, no del empleador”, agregó Ruiz.

El abogado, asimismo, subrayó que estas reformas laborales “lejos de proteger, desprotegen” al trabajador. “Una reforma laboral viene a captar una realidad y a solucionar un marco fáctico, un esquema de hechos que viene ocurriendo en la sociedad, cosas que no hicieron ninguna de estas dos leyes”.

Agregó, en este sentido, que “hay muy pocas normas que, sin solucionar una realidad actual, no son inconstitucionales. El resto de las de las leyes son, por lo menos, inconstitucionales. Y yo le adiciono el carácter de inhumanas, porque esta última es una ley inhumana” dado que “quita la dignidad del trabajador como uno de los valores a ponderar”, y además, “una norma no genera trabajo. Y esta norma genera más desconfianza incluso en los grandes empleadores, nosotros lo vemos todos los días”.

Aplicar esta ley también “es un problema” dado que con anterioridad “teníamos una indemnización que era tarifada, por ejemplo, uno sabía que era un sueldo por año de antigüedad, más el preaviso, más la integración del mes de despido, y si no lo no lo había tenido registrado, el 25% de todos los salarios devengados durante la relación laboral. Es decir, si yo elegía tener un trabajador adentro claramente tenía determinado cuánto me iba a salir despedirlo. Ahora no lo sabemos, porque la indemnización pasa al régimen general, al régimen previsto en el Código Civil, y las indemnizaciones van a empezar a ser cada vez más altas”, advirtió Ruiz, agregó: “Cuanto más protección al trabajo hubo, más creación de trabajo hubo; cuanto más desprotección al trabajo hubo, más despidos hubo”.

La reforma laboral no genera empleo y es inhumana Daniel Ruiz, abogado, director del Instituto del Derecho de Trabajo del CAER.
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