Frigerio ordenó investigar los videos de Kueider contando dinero en Casa de Gobierno
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, explicó de qué se trata la investigación sobre irregularidades en la gestión de gastos reservados señaladas por un video. Aclaró que la pesquisa es administrativa, no penal, y que se indagarán posibles inconsistencias en el uso de fondos públicos.
El gobernador Rogelio Frigerio, a través del Decreto Nº 478, dispuso la apertura de una Información Sumaria en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación, con el objetivo de investigar posibles irregularidades administrativas detectadas en registros audiovisuales correspondientes a los años 2018 y 2019.
Los videos, difundidos por medios nacionales y provinciales, muestran a funcionarios y empleados públicos manipulando dinero en efectivo dentro de oficinas del Estado. Entre las personas identificadas se encuentra Edgardo Kueider, quien se desempeñaba como secretario general de la Gobernación durante ese período, junto a otros cuatro agentes del Poder Ejecutivo provincial.
“Mediante el decreto, el Poder Ejecutivo encomendó a la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado la realización de la investigación, facultándola a requerir la colaboración de la Contaduría General, el Tribunal de Cuentas y otros organismos provinciales que resulten pertinentes para el esclarecimiento de los hechos», dice el comunicado oficial.
El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, durante una entrevista con el programa En El Dos Mil También, que conducen Antonio Tardelli, Sebastián Martínez y Juan Cruz Varela por Radio Costa Paraná (88.1), explicó que “lo que ordenó el Gobernador es que, a través de una información sumaria, se esclarezca si de ese documento fílmico que apareció en el marco de un procedimiento penal, aparece algún tipo de irregularidad administrativa, básicamente más perfilada, más hacia el manejo de recursos públicos. Y si usted me pregunta un poquito más, quizá relativa al tema de los gastos reservados. Entiendo yo que vamos a ir por ese lado más que nada, sin perjuicio de que no pueda haber otro tipo de irregularidad. Pero lo que él consideró, a través de un decreto, es que ese documento fílmico, que mostraba determinadas imágenes, tiene suficiente gravedad como para ser investigado, como para que se aclare, le reitero, desde el punto de vista administrativo, no penal. Esto no influye con ninguna investigación penal que esté realizando ningún juez de ningún lugar”.
El fiscal, además, señaló que “si de la investigación preliminar o información sumaria surge algún tipo de irregularidad que pueda encuadrar un tipo penal, se hace la denuncia, ahí sí. Pero son independientes, una cosa es el delito penal y otra cosa es la ejecución presupuestaria, el manejo de fondos públicos, el estatuto del empleado público, las obligaciones de los funcionarios, la ley de ministerios, etcétera”.
– ¿Y por qué se siente el gobernador Frigerio obligado a hacerlo?
– No obligado. Esa es una atribución que él tiene. Fíjense que el gobernador Bordet también tuvo noticias. Yo no sé si vio ese video, si él lo vio, pero tuvo la misma noticia y él consideró que la explicación que se dio de que eran gastos reservados no ameritaba la formación de un sumario. Yo creo que son puntos de vista.
La aparición de una cantidad aparentemente importante de dinero, yo no sé si será compatible con el crédito presupuestario de gastos reservados que había en ese momento. En fin, todo eso hay que averiguarlo.
A mí el decreto lo que me ordena es que lo esclarezca, que trate de investigarlo y si está todo en orden, no pasa nada. Pero si hay algún tipo de inconsistencia o irregularidad, la etapa siguiente ya es o el sumario administrativo o la acción de responsabilidad o la denuncia penal.
Acción de responsabilidad, imagínense, estoy suponiendo, que hubo un desvío de gastos reservados, vamos a ponerlo de esa manera, un desvío de gastos reservados. Bien, eso sería un delito penal, por un lado, y por el otro lado, también promovería una acción de resarcimiento de dinero por parte del Estado.
– Sigamos con ese ejemplo, usted dice desvío en la utilización de los gastos reservados, pero por su propia naturaleza el gasto reservado no exigía rendición. ¿Cómo establecer un desvío?
– El gasto reservado, que ha sido derogado a la fecha por este gobernador, en aquella época de la que data el documento existía, pero gasto reservado no es gasto discrecional. Que no esté obligada el administrador de esos gastos a pedirle permiso a la Contaduría General, es decir, hoy quien le habilita un gasto previamente, le controla la ejecución del gasto, es la Contaduría General, y quien se lo controla después es el Tribunal de Cuentas. Los gastos reservados estarían exentos de esos dos controles, pero no quiere decir que el propio funcionario no deba llevar un registro y justificarlos.
Ya ha sucedido en causas en las cuales hay personas que han sido condenadas por enriquecimiento ilícito y han pretendido probar que han usado los gastos reservados. Los gastos reservados están para otro tipo de fines, fuera del control de Contaduría y Tribunal de Cuentas, pero no se los puede usar para otra cosa que no sean gastos reservados. Urgencias que tiene que determinar el Poder Ejecutivo o quien los administra tiene que llevar un registro y decir, bueno, los apliqué a tal fin.
Tiene que haber un sistema de explicación, de constatación de en qué se gastó el dinero, ¿verdad? Para evitar que, porque si no es muy fácil. Yo pongo en el presupuesto gastos reservados y me los apropio, y eso sería un delito. Ahí estaríamos frente a un delito.
– Si Kueider, en este caso –porque era el que tenía su cargo la administración de los gastos reservados–, no tenía que rendirle al Tribunal de Cuentas y a la Contaduría. ¿Los rendía ante alguien?
– Tiene un sistema administrativo contable en la Gobernación. No es que el funcionario vaya al cajero electrónico, retire el efectivo y haga lo que quiera. Ojo, que estamos hablando de una hipótesis. Pero no es que vaya al cajero electrónico, saque la plata y se la lleva a su casa y son gastos reservados. Eso no se puede hacer.
En cada oficina hay un sistema administrativo contable, en el cual tiene que dejarse asiento de que éste es el crédito presupuestario asignado a gastos reservados y se aplicaron en tal o cual cosa. Eso tiene que estar.
– ¿Y eso no es una rendición?
– Es una explicación, no una rendición. Es una justificación ante el mismo organismo que administra los gastos reservados. Pero no es que le tenga que pedir previamente a la contaduría y después rendirlo al Tribunal de Cuentas.
¿Y si el funcionario discrecionalmente dice yo usé estos 100 mil pesos o este millón de pesos para distribuirlo frente a una tormenta que en el barrio La Bianca rompió 10 casas?
– Perfecto, muy bien, pero tiene que haber existido la tormenta, tiene que haber existido algún tipo de recibo por parte del que recibió. Para eso están los subsidios, ¿no es cierto? Pero supongamos que se usó para una situación de ese tipo, que no se usaban para eso, tiene que mínimamente explicarlo y tiene que haber algún tipo de documento que al menos lo explique.
– ¿No son gastos reservados que puede usar el jefe de Policía o el secretario de Seguridad?
– También, también el Gobernador, el Poder Ejecutivo muchas veces, ahora ya no, pero antes asistía a la Policía para determinados gastos.
– ¿Hay otros ejemplos?
– En algunos viajes de urgencia del Gobernador se usaban gastos reservados, puede haber sido, en cuyo caso deben estar documentados, no rendidos, pero sí documentados.
– Usted me acaba de decir, no es que el funcionario va y saca con una tarjeta plata del cajero. ¿Cuál es el procedimiento? ¿Cómo le llega la plata al funcionario?
– Como cualquier crédito presupuestario, nada más que en vez de pedir la autorización de la Contaduría para gastar, directamente lo puede gastar, va a una cuenta bancaria.
Julio Rodríguez Signes, fiscal de Estado de Entre Ríos.