El Concejo Deliberante aprobó la moratoria tributaria

Los ediles, por unanimidad, dieron su aval al “Régimen Especial de Regularización Tributaria”, proyecto que fue remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. La iniciativa está destinada a la cancelación de obligaciones tributarias adeudadas y ofrece a los contribuyentes, de manera transitoria y excepcional, planes de pago que faciliten la regularización voluntaria de obligaciones tributarias impagas.

Estarán alcanzadas por el mencionado Régimen las deudas de los tributos municipales cuyos vencimientos hayan operado hasta el último día hábil del mes inmediato anterior a la entrada en vigencia del Régimen Especial de Regularización Fiscal, incluyendo sus intereses y multas, a saber: Tasa General Inmobiliaria, Tasa por Servicios Sanitarios, Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, Fondo de Promoción de la Comunidad y Turismo, Tasa Solidaria de Contribución para Obra Pública, Fondo Fiduciario de Fortalecimiento de Obras Sanitarias, Derecho de Ocupación de la Vía Pública, Derecho de Publicidad, Derecho de Uso del Cementerio Municipal y Contribución por Mejoras.

La subdirectora ejecutiva de Administración y Procedimientos de la Administración Fiscal Municipal (AFIM), Verónica Demediuk, señalo que, como suele señalarse, el contribuyente paranaense es cumplidor. “Cuando el vecino comprende que lo que él está pagando en concepto de tasas tiene como finalidad el servicio que le presta el municipio, hace que quizás le dé mayor prioridad que al pago de un impuesto que responde a otros Estados, provincial o nacional.”, señaló Demediuk en declaraciones al programa En El Dos Mil También, que conducen Antonio Tardelli, Sebastián Martínez y Juan Cruz Varela por Radio Costa Paraná (88.1).

Agregó que “en el caso nuestro, generalmente, los niveles de cumplimiento siempre están alrededor del 60%, un poco más, un poco menos,” aunque admitió que “la situación económica que nos está atravesando desde hace un tiempo ha hecho bajar un par de puntos ese nivel de cumplimiento y eso es lo que motivó al Departamento Ejecutivo encabezado por la doctora Rosario Romero a elevar este proyecto y que se den mayores facilidades a aquellos contribuyentes que por lo general eran cumplidores y hoy tienen que hacer un plan de pagos y mantenerlo al día junto con el pago de las tasas corrientes.

– Cada vez que sale una moratoria vuelve la discusión respecto de si no se está castigando al cumplidor y premiando a quien pateó para adelante la obligación.

– La realidad es que hay muchos vecinos que se han acercado este último tiempo a hacer un plan de pagos y nos manifiestan que necesitan mayor cantidad de cuotas o se les hace muy gravoso por todo lo que ha cambiado su economía en los últimos dos años.

Aquel contribuyente que no cumple con la tasa, obviamente, significa para el organismo fiscal el despliegue de acciones de gestión de cobro que llevan también a una gestión judicial en muchos de los casos.

No es que es lo mismo pagar o no pagar, porque la moratoria, por ejemplo, no los va a eximir de los gastos judiciales que conllevan una gestión de cobro que es a la que hemos derivado a aquellos contribuyentes que teniendo capacidad contributiva no han regularizado el pago de las tasas en este tiempo.

– ¿Y qué se puede decir de las zonas? ¿Cómo es el porcentaje de pago de las tasas en el centro de la ciudad y en los barrios?

– Sin lugar a dudas es mayor el cumplimiento en las zonas céntricas.

– ¿No tiene los porcentajes presentes?

– No podría decir un número porque no lo tengo actualizado. Pero siempre están más cercanos al 70% o un un poco más en las zonas 1, 2, 3, todo dentro de bulevares.

– ¿Hay alguna tasa en especial que registre la mayor morosidad?

– En el caso de la Tasa Comercial, que es autodeclarativa, el contribuyente si ve que no va a poder pagar en término o no va a poder mantenerse al día, opta directamente por no presentar las declaraciones juradas. Entonces quizás podemos decir que es la tasa que, por lo general, cuando empiezan a haber dificultades económicas, registra mayores niveles de incumplimiento.

Por eso este régimen la única multa que condona en hasta un 100% es la de falta de presentación de declaraciones juradas.

– ¿Y ahí la responsabilidad siempre recae sobre el contribuyente o sobre el liquidador de impuestos o sobre el contador? ¿Cómo funciona eso?

– El responsable por el pago de la tasa es el contribuyente. Que él tenga delegado en un tercero, en un profesional, lo que es la determinación y demás es una relación entre el contribuyente y quien lo asesore.

– ¿Qué debe hacer en términos operativos un contribuyente que quiera acogerse a la moratoria?

– Hay dos formas de formalizar el plan de pagos. Se puede hacer totalmente online, ya sea desde Mi Paraná o ingresando al sitio oficial del organismo que es afim.parana.gob.ar, allí pueden consultar la deuda y también suscribir el plan de pagos.

En el caso de los contribuyentes que no tienen los medios o prefieren, digamos, un asesoramiento personalizado, lo que solicitamos es que saquen turno a través de Mi Paraná o llamando al 147, también se va a habilitar el turnero para que lo podamos atender con el tiempo que necesiten.

El plan de pagos

Entre sus principales características, el plan contempla facilidades de pago en mayor cantidad de cuotas, reducción de intereses o sanciones, y un esquema de acceso flexible adaptado a la realidad de cada contribuyente.

La cantidad máxima de cuotas para la financiación de deuda será de 24 cuotas. No obstante, el organismo fiscal estará facultado a autorizar con carácter excepcional hasta 36 cuotas la financiación de las obligaciones tributarias en aquellos casos que la deuda no supere el monto que por tipo de contribuyente fije la reglamentación del régimen, considerando las condiciones socioeconómicas de escasos recursos del contribuyente o responsable que solicite la ampliación de cuotas.

El Concejo Deliberante aprobó la moratoria tributaria Verónica Demediuk, subdirectora ejecutiva de Administración y Procedimientos de la AFIM.
VERÓNICA DEMEDIUK, En El Dos Mil También.