Aprobaron el protocolo que regula las aplicaciones de fitosanitarios
Mediante la Resolución Nº 34/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de Entre Ríos, se aprobó el Protocolo de Buenas Prácticas en materia de fitosanitarios; demandado en el Artículo 14 de la Ley Provincial Nº 11.178. El cumplimiento de dicho protocolo ya es exigible en el territorio provincial.
La provincia de Entre Ríos sancionó en diciembre de 2022 una nueva ley (Ley 11.178) sobre el uso de fitosanitarios, tras 18 años de vigencia de la normativa anterior. La actualización responde a cambios tecnológicos, demandas sociales y exigencias judiciales, incluyendo fallos que obligaron a la provincia a modernizar la regulación.
La ley anterior, en rigor de verdad, no era considerada deficiente, pero resultaba insuficiente ante los nuevos desafíos.
El ingeniero agrónomo Pablo Guelperin, coordinador de la Mesa de Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA), durante una entrevista con el programa Buen Día, que conducen Carlos Mattedoda, Alejandro Abero y Marta Segovia por Radio Costa Paraná (88.1), explicó que ese agrupamiento “es un espacio interinstitucional creado hace seis años que promueve prácticas agrícolas y pecuarias responsables”.
Su enfoque, precisó, “abarca desde la producción vegetal (cultivos, árboles) hasta el bienestar animal (condiciones de vida, salud, alimentación, espacio, y prevención de enfermedades). Si bien el uso de fitosanitarios es relevante, la Mesa de BPA considera prioritarios otros temas ambientales como “el cuidado del suelo y el bienestar animal, dado que más del 50% de la superficie provincial aún presenta riesgo de erosión y existen desafíos en la implementación de prácticas adecuadas en el manejo animal”.
Uno de los principales avances de la Ley 11.178, según la mirada de Guelperin, es la creación del Consejo Asesor Fitosanitario, un órgano multidisciplinario con representantes de sectores agronómicos, salud, educación y otros ámbitos sociales. Este consejo participa “en la reglamentación, implementación y eventual modificación de la ley, asegurando consensos y legitimidad social”.
Distancias
La nueva ley duplica las distancias mínimas de exclusión para la aplicación de fitosanitarios respecto a la normativa anterior. Para áreas pobladas, la distancia de exclusión pasó de 50 a 100 metros, donde no se permite aplicar ningún producto.
“Incluso, de ahí, desde ese de esa distancia en adelante, hay un área de amortiguamiento, o de resguardo, donde solamente se permite el uso de ciertos tipos de productos de baja toxicidad. Recién a partir de los 500 metros se pueden utilizar cualquier tipo de producto, siempre que los mismos estén, primero que nada, habilitados por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que es quien habilita todos los productos de uso agropecuario”, agregó.
Pablo Guelperin, coordinador de la Mesa de BPA.